Aviso de Denegación de Ingreso o Expulsión de Propiedad del Distrito de Crosby ISD

  •  Conforme al Código de Educación 37.105, un administrador de la escuela, funcionario de recursos de la escuela (SRO) u oficial de policía del distrito tendrán autoridad para denegarle el ingreso o expulsar a una persona de propiedad del distrito si la persona se niega a retirarse pacíficamente ante su solicitud y:

    1. La persona representa un sustancial riesgo de daño para alguna persona; o
    2. La persona se comporta de forma que es inapropiada para un ambiente escolar y la persona persiste con la conducta después que se le haya dado una advertencia verbal indicando que la conducta es inapropiada y esto podrá dar como resultado la denegación de su ingreso o su expulsión.

    Las apelaciones relacionadas con la denegación de ingreso o expulsión de propiedad del distrito podrán presentarse confirme a FNG(LOCAL) o GF(LOCAL), según corresponda. Estas políticas pueden encontrarse en las políticas del consejo escolar en www.crosbyisd.org